Corte Suprema considera “nulo por ilegal” cobros por contratos
Del acuerdo suscrito por la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, en relación al pago de derechos en favor de la institución por revisión y supervisión de contratos de operaciones, fue declarado “nulo por ilegal” el numeral 17 del artículo cuarto por parte de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
Fue la firma Rivera, Bolívar y Castañedas, en representación de la Cámara Panameña de Empresas de Corretaje de Seguros (Copecose), quienes interpusieron la demanda, ya que, reclaman nulidad en el cobro que efectuaba la Superintendencia de Seguros y Reaseguros en relación a los contratos antes mencionados.
El fallo fue publicado en la Gaceta Oficial número 28158-A, correspondiente a la edición del 15 de noviembre de 2016, donde se expresa la decisión judicial de anular lo actuado por la Junta Directiva de la Superintendencia, a cargo de José Joaquín Riesen, ya que se establecían pagos entre 500 y 2,500 dólares, asegurando que “se extralimitó en el ejercicio de la potestad reglamentaria, al imponer un pago por sus servicios que no está contemplado en la legislación de esta entidad”.