Municipio de Panamá inicia moratoria de impuestos municipales
La moratoria aprobada por el Municipio de Panamá incluye exoneraciones sobre los recargos, intereses y multas a los contribuyentes que paguen en su totalidad el monto del capital adeudado por concepto del impago de ciertos impuestos.
También contempla la reducción del 50% en multas por la omisión en la presentación de la Declaración Anual Municipal. Quienes deseen aplicar a estos beneficios, deben verificar que cumplen con los requisitos establecidos para estos efectos.
Mediante el Acuerdo Municipal No. 200 de 20 de agosto de 2024, el Consejo Municipal del Municipio de Panamá, establece exoneraciones para los recargos, intereses y multas a los contribuyentes que paguen en su totalidad el monto capital adeudado.
Esta moratoria ofrece una exoneración completa del 100% de recargos e intereses para los contribuyentes dentro del Municipio de Panamá que paguen el monto total del principal adeudado.
Adicionalmente, hay una reducción del 50% en multas por la omisión en la presentación la Declaración Anual Municipal. Estos beneficios están disponibles desde el 16 de septiembre de 2024 hasta el 16 de octubre de 2024, y están sujetas a las disposiciones transitorias especiales descritas en el acuerdo.
Para acceder a estos beneficios el contribuyente municipal debe:
- Presentar las declaraciones omisas hasta la actualidad y,
- Formalizar el pago dentro del periodo de moratoria.
Este beneficio también se aplica a deudas que actualmente se encuentran bajo términos de arreglo de pago o dentro del proceso de jurisdicción coactiva.
Cabe resaltar que los beneficios de esta moratoria no serán aplicables para deudas en impuestos de vehículos, obras y construcciones, publicidad, otras multas, ni para las omisiones contempladas en el artículo 5 del acuerdo No. 40 de 2011 (defraudación al fisco municipal).
Esta normativa entró en vigor desde su promulgación en Gaceta Oficial el 5 de septiembre de 2024.