Que coincidencia que ordenan archivar también caso de diputado Arrocha

Que coincidencia que ordenan archivar también caso de diputado Arrocha

person access_timeMar 25, 2016 show_chart1524 Vistas chatComentarios
Nuestro país bendito en tantas cosas milagrosas que pasan y otras maravillosas, esta vez nos levantamos con el día de ayer con la noticia de que el sacro santo pleno de la Corte Suprema de Justicia decidió, este 16 de marzo, no admitir denuncia penal contra el diputado Jorge Iván Arrocha, presidente de la Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional, por el presunto delito contra la administración pública.

Haciendo un poco de memoria, esa que los medios nos saturan con información inservible para que obviemos lo importante, el "Honorable Diputado"  presidente de la Comisión había sido denunciado por el licenciado Jamis Acosta porque ‘se niega a procesar o dar trámite a las querellas presentadas contra el presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), José Ayú Prado', sin embargo la Corte consideró que no existió prueba para sustentar la querella...

Adquiere relevancia, o mejor dicho, llama la atención de que todo se da justo días después que dicha comisión decidió archivar las denuncias que habían presentado contra el Magistrado Presidente de la Corte Suprema de Justicia José Ayú Prado...

Según la querella original contra el diputado, Arrocha incurrió en denegación de justicia, y además estimó que el denunciado no está en capacidad de conocer dichas denuncias, por haber emitido concepto acerca de las mismas en los medios de comunicación, en donde Arrocha señaló que ‘la falta de pruebas podría dar al traste con las denuncias que pesan contra magistrados de la CSJ'. Añadió el diputado en la nota que ‘no podía llamar a investigar a un magistrado si no hay elementos de prueba que realmente lo ameriten'.

Esto según Jamis, estimó que las palabras de Arrocha mostraban un desconocimiento de las normas procesales, ya que, a su juicio el Código de Procedimiento Penal no hace referencia a prueba sumaria como requisito para el trámite de las denuncias, y solicitó que se investiguen los hechos denunciados.

En respuesta la CSJ, siendo el único órgano del estado facultado para juzgar a los diputados, sostuvo que cuando se trata de querellas o denuncias contra los diputados, las mismas deben contar con la prueba idónea del hecho investigado. Janis había entregado en la denuncia, como prueba idónea, ul artículo de La Estrella de Panamá que contiene las declaraciones de Arrocha.

En el fallo de la CSJ simplemente se lee: "se infiere que Arrocha se refirió a una situación hipotética y no a un caso específico, y la sola declaración del diputado no satisface' los requisitos para ser investigado".

Los elementos probatorios aportados, según la Corte, no constituyen la prueba idónea para establecer que Arrocha haya participado de forma directa o indirecta en actuaciones que puedan ser consideradas como conductas punibles.

Y así señores, las denuncias del Magistrado presidente de la Corte suprema de Justicia José Ayú Prado se archivan en la Comisión de Credenciales de la Asamblea de Diputados y luego se archiva la denuncia contra el diputado presidente de la comisión de credenciales en la Corte Suprema de Justicia por la misma razón "carecer de los requisitos para ser investigados" 

Lo incómodo en esta situación no es si sean inocentes o culpables porque eso le corresponde a los jueces y fiscales si alguna vez se diera que investigarán en un juicio, el detalle que causa escozor es que una y otra vez vemos algún tipo de mensaje que más que subliminal se esta volviendo más claro e intenso que sol en Sarigua a medio día, y ese mensaje es que "tu no me juzgas a mi y yo no te juzgo a ti...  
 


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